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Juez Ortega reanuda hoy audiencia caso Odebrecht

El juez de la Instrucción Especial de la Suprema Corte de Justicia, Francisco Ortega Polanco, reanuda hoy la audiencia preliminar del caso Odebrecht, luego de que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia rechazara la nueva recusación que le hicieron, así como la declaratoria de inadmisibilidad, hecha por la Segunda Sala, a los recursos de apelación interpuestos por dos de los siete imputados.

La audiencia recesada desde el 9 de octubre cuando el exsenador Jesús Vásquez Martínez recusó a Ortega Polanco por considerar que no garantiza sus derechos, así como lo acusó de parcialidad en el proceso por el cual también fueron sometidos el empresario Ángel Rondón Rijo, el exministro de Obras Públicas, Víctor Díaz Rúa, el senador Tommy Galán Grullón, el expresidente del Senado, Andrés Bautista García y el exlegislador Juan Roberto Rodríguez, está pautada para las 9:00 de la mañana.

Desde el depósito de la acusación por sobornos, lavado de activos, enriquecimiento ilícito, asociación de malhechores, falsedad en declaración jurada de bienes y coalición de funcionarios en junio del presente año, varios incidentes, autorizaciones y diligencias procesales han sido solicitada por la defensa de los imputados.

El proceso se ha caracterizado, también, por las impugnaciones y recusaciones a la permanencia del juez Francisco Ortega en el caso por haber sido él quien conoció e impuso medidas de coerción, así como por autorizar actuaciones a la Procuraduría General de la República en la fase investigativa.

Algunos pedimentos de los abogados han sido fallados, mientras otros fueron acumulados para emitir decisión al momento de determinar si se acoge o no la acusación del Ministerio Público para ordenar la celebración de un juicio de fondo.

Las defensas técnicas de los procesados por los sobornos pagados por Odebrecht han solicitado declarar extinta la acción penal por prescripción del delito, arbitrariedad en la investigación, doble persecución, violación a derechos fundamentales y no imputación precisa de cargos.

Fuente: Diario Libree

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