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Transporte de menores en motocicletas plantea un problema social en el país

La prohibición de transportar niños menores de ocho años en motocicletas, como lo establece la Ley 63-17, abre un espacio de discusión entre los más de 750,000 mototaxistas y propietarios privados con las autoridades debido a que es el principal medio de transporte de las familias de menores ingresos.

Tanto en las zonas urbanas como rurales mucha gente se transporta en motocicletas y los niños en edad escolar son parte de ese conglomerado. Según la Dirección General de Impuesto Internos (DGII) en 2017 había registradas en el país 2,238,671 motocicletas.

Entre mototaxis y motores utilizados por particulares como su medio de transporte, la cantidad supera el 1,800,000 de unidades, sin contar los delivery y mensajeros de empresas privadas e instituciones públicas.

La directora del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), Claudia Franchesca de los Santos, informó que junto a la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett) implementan un plan para hacer cumplir la Ley 63-17 no solo en el aspecto de la movilidad de menores, sino además, en otros requisitos de ley como el uso del caso y el tránsito con solo un pasajero.

La legislación, en el artículo 78, establece que está prohibido transportar en motocicletas niños menores de ocho años de edad. Además, indica que solo podrán transitar dos personas, en un motor incluido el conductor, que debe estar provisto de su casco protector. El Intrant y Digesett decidieron hacer cumplir la ley desde lo macro, priorizando las vías principales o de mayor tránsito, que de acuerdo con Claudia Franchesca de los Santos, es donde se producen la mayor cantidad de accidentes en motocicletas que involucran a menores.

“Esto responde a que los reportes que tenemos de accidentes no ocurren en los barrios, entre los motoristas, sino en las carreteras, vías principales de las diferentes provincias y ya van disminuyendo de una manera significativa hacia los barrios y las vías secundarias , por eso hemos priorizado la fiscalización”, sostuvo.

Indicó que en los pueblos tiene que haber cierto control porque es el medio de transporte de la mayoría de las personas y considera que en esos lugares el tratamiento es diferente, pero siempre apegado a un manejo local. En los reglamentos los motoconchistas tienen un tratamiento diferente al de los delivery y demás usuarios.

La funcionaria está consciente de la realidad de que son más las motocicletas que se usan como medio de transporte que los vehículos de cuatro ruedas.

“Todas estas cosas son procesos, tú no le puedes decir a un país, de la noche a la mañana, que los motores van a desaparecer porque eso sería una fantasía y nuestra realidad es otra, por eso la ley establece los reglamentos que a través de normativas se irán actualizando de acuerdo con todo lo que vayamos superando”.

El dirigente de la Central Nacional de Trabajadores de Mototaxis, Iván Lozada dijo que están de acuerdo con la Ley 63-17 de Movilidad y Tránsito Terrestre, pero considera que debe ser aplicada de manera equitativa en todos los sectores vinculados.

En el caso de los motoconcho, explica que contribuye a resolverle un problema al país porque transporta pasajeros a lugares inhóspitos donde no pueden entrar vehículos de cuatro ruedas y hasta allí deben llevar niños a las escuelas.

“Nosotros le vamos a seguir brindando el transporte y le ofrecemos al Estado la solución porque ese es un problema y la solución es que el Gobierno, vía el Intrant, nos haga una especie de Plan Renove para financiar y transportar esos niños en “margaritas”, o sea un motor de tres ruedas, nosotros no queremos violar la ley, pero no tenemos de otra”, sostuvo.

Con respecto a los motoconchistas que transiten sin casco protector ni chaleco de identificación, el dirigente planteó que no serán apoyados por la organización que los agrupa y les exigió a las autoridades que quienes violen la Ley sean llevados presos porque no van a apoyar violaciones a la ley.

Fuente: Diario Libre

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